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LEY 27 DE 1979

 

LEY 27 DE 1979
(mayo 16)

por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979 (Congreso Nacional y Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional), por $ 782.242.000.00.

El Congreso de Colombia

DECRETA:
 


ARTICULO 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de setecientos ochenta y dos millones doscientos cuarenta y dos mil pesos ($782.242.000.00) moneda corriente, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 4 de 1979 expedido por el Contralor General de la Republica, se incorporará al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas y Recursos
de Capital

Recursos de Capital.

CAPITULO XII

Recursos del Balance del Tesoro.


Numeral 100. Superávit fiscal de 1978 $782.242.000
Valor del Recurso $782.242.000

ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, hácense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de Gastos de la vigencia Fiscal de 1979.


Presupuesto de Funcionamiento

Congreso Nacional

Senado de la República

Servicios Personales

III. 1. II
III. 2. II
III. 4. II
III. 15. II Articulo 0001
Articulo 0002
Articulo 0004
Articulo 0011 Dietas
Sueldos del personal de nómina
Sueldos del personal supernumerario
Otras primas 40.880.000
62.448.000
20.380.000
10.700.000


CAPITULO 2

Cámara de Representantes

Servicios personales

III. 1. II
III. 2. II
III. 4. II Articulo 0001
Articulo 0002
Articulo 0004 Dietas
Sueldos del personal de nómina
Sueldos del personal supernumerario 72.834.000
40.000.000
35.000.000


Ministerio de Hacienda y Crédito Público

- Deuda Pública Nacional


CAPITULO II

Deuda Interna

Funcional 410

Articulo 1733

94.82. Amortizaciones
Suman los Créditos Fondo de monedas extranjeras.
Base legal Decreto 294/73
500.000.000
.........................................................
$500.000.000

$782.242.000

ARTICULO 3º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E. a ... de ... de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente del honorable Senado, JAIME PAVA NAVARRO, El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, El Secretario General del honorable Senado, Amaury Guerrero. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.

República de Colombia. Gobierno Nacional

Bogotá, D. E., mayo 16 de 1979.

Publíquese y ejecútese.


JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.