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LEY 51 DE 1978

 

LEY 51 DE 1978
(Diciembre 15)

por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Salud), por $2.013.642.769.33.

El Congreso de Colombia

DECRETA:



Articulo 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de dos mil trece millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta y nueve pesos con treinta y tres centavos ($2.013.642.769.33) moneda corriente, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 35, 36 y 37 de 1978 expedidos por el Contralor General de la República, se incorporará, así:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Ingresos Corrientes


Ingresos Tributarios

Impuestos Indirectos

CAPITULO III

a) Impuesto sobre comercio exterior.


Numeral 15. Impuesto ad valorem del 4% de los reintegros por exportaciones de café, Decreto 444 de 1967
1.939.939.800.00

Ingresos no Tributarios

CAPITULO XI

c) Otros Recursos

Numeral 96. Consignación del Fondo Nacional Hospitalario en la Tesorería General de la República
882.456.70


Recursos de Capital

CAPITULO XIII


Recursos del Crédito

b) Recursos del Crédito Externo

Numeral 139. Equivalente en pesos del producto del Convenio Financiero Colombo-Holandés de fecha diciembre 29 de 1977

Suman los recursos
72.820.512.63

2.013.642.769.33

Articulo 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO


Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 1


Dirección Superior

Transferencias

225

225 80

81 21.

22. 1486

1487 Federación Nacional de Cafeteros- Fondo Nacional del café-(contrato celebrado con el Gobierno Nacional).
Federación Nacional de Cafeteros, para desarrollo social y económico de las zonas cafeteras
1.551.840.00

387.987.960.00


Ministerio de Salud

CAPITULO 1


Dirección Superior

Transferencias

332 80 21. 2173 Fondo Nacional Hospitalario 882.456.70

PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

CAPITULO 05

Dirección General de Crédito Publico

PROGRAMA 15


Mejoramiento de la comunidad

Inversión Indirecta


Recursos del Crédito Externo

Convenio Colombo-Holandes
Diciembre 29 de 1977 (K).

42 318 5661 Desarrollo social y económico 72.820.512.63
Proyecto
25 Aporte al Instituto Colombiano de energía Eléctrica-ICEL-para financiar el proyecto de sumijistro de energía eléctrica para pequeñas poblaciones en el Departamento del Chocó $72.820.712.63

Suman los créditos adicionales



2.013.642.769.33

Articulo 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá, D.E., a ... de ... de mil novecientos setenta y ocho (1978).

El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.

República de Colombia- Gobierno Nacional

Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.

Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA


El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.