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LEY 48 DE 1978

 

LEY 48 DE 1978
(DICIEMBRE 15)

Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos y de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas y Transporte). Por $47.666.100.58

El Congreso de Colombia

DECRETA:



Articulo 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de cuarenta y siete millones seiscientos sesenta y seis mil cien pesos con cuenta y ocho centavos ($47.666.100.48) moneda corriente, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 38 y 39 de 1978, expedidos por el contralor General de la República, se incorporarán en los siguientes numerales.

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Ingresos Corrientes

1. Tasas y multas

a) Servicios Administrativos

Numeral 35. Contribución de los bancos y entidades sujetas al control de la Superintendencia Bancaria
44.622.453.00


Recursos de Capital

CAPITULO XII


Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 103. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de 1974, financiadas con recursos del crédito externo /BID-246-SF/CO)

Suman los recursos
3.043.647.58

47.666.100.58

Articulo 2º.-Con base en los recursos de que trata el articulo anterior, abrese los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO


Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 8


Superintendencia Bancaria

Servicios Personales

112
112
112
112
112
112
112 02
04
08
09
19
16
17 11.
11.
11.
11.
11.
11.
11. 1401
1403
1406
1407
1407
1411
1412 Sueldos del personal de nómina
Sueldos del personal supernumerario
Horas extras y días feridos
Prima de Navidad
A. Prima de Servicios
Indemnización por vacaciones
Auxilio de transporte 1.000.000.00
100.000.00
250.000.00
2.000.000.00
80.000.00
400.000.00
85.000.00

Gastos Generales

112
112
112
112 35
36
40
41 12.
12.
12.
12. 1414
1415
1419
1420 Mantenimiento y aseguros
Compra de equipo
Materiales y suministros
Impresos y publicaciones 400.000.00
13.650.000.00
6.077.453.00
200.000.00

Transferencias

373
314
332 71
72
63 21.
21.
21. 1427
1428
1430 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Servicio Nacional de Aprendizaje
Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria 300.000.00
80.000.00
20.000.000.00

PRESUPUESTO DE INVERSIÓN


Ministerio de Obras Públicas y Transporte

CAPITULO 11


Fondo Vial Nacional

PROGRAMA 56


Construcción, reconstrucción de carreteras troncales y otras

Inversión Indirecta

Recursos Balance del Tesoro
-BID 246/F-CO-(N)

Articulo 6869 Troncal Occidental 3.043.647.58

41 273 2. Pasto-Cano (Nariño) $ 3.043.647.58

Suman los créditos adicionales

47.666.100.58

Articulo 3º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a ... de ... de mil novecientos setenta y ocho (1978).

El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.

República de Colombia- Gobierno Nacional

Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.

Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA


El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.