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LEY 7 DE 1977
(ENERO 21)
Por la cual el Gobierno Nacional atiende a la realización de los XIII Juegos
Centroamericanos y del Caribe y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Articulo 1º.-Otorgase a la Corporación XIII Juegos Centroamericanos y del
Caribe, con sede en Medellín, un auxilio del Presupuesto de la Nación por la
suma de ochenta millones de pesos ($80.000.000), como participación del Gobierno
Nacional y como complementación a los aportes que los Gobierno Departamentales
de Antioquia y Municipal de Medellín destinará a la realización de los XIII
Juegos Centroamericanos y del Caribe, que tendrá lugar en el año 1978.
Articulo 2º.-Autorizase al Gobierno Nacional para contratar empréstitos y
realizar todas las operaciones presupuestales y las demás que sean necesarias
para el cumplimiento de esta Ley.
Articulo 3º.-La Corporación XIII Juegos Centroamericanos y del Caribe
distribuirá gratuitamente, entre la población estudiantil, el 30% (treinta por
ciento) del total de la boletería para los espectáculos.
Articulo 4º.-Los equipos e implementos deportivos necesarios para la realización
de los Juegos, así como los elementos para las obras e instalaciones deportivas,
que sean adquiridos por compras en el exterior por la “Corporación XIII Juegos
Centroamericanos y del Caribe”, estarán exentos de todo impuesto y demás
gravámenes aduaneros.
Articulo 5º.-La Contraloría General de la República ejercerá los controles
fiscales pertinentes a fin de garantizar la correcta utilización del auxilio
decretado por la presente Ley.
Articulo 6º.-La presente Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a ... de ... de mil novecientos setenta y seis (1976).
El Presidente del honorable Senado de la República, EDMUNDO LOPEZ GOMEZ, El
Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO.
El Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el
Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ignacio Laguado
Moncada.
República de Colombia- Gobierno Nacional
Bogotá, D.E., enero 21 de 1977.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
El Ministro de Educación Nacional,
Hernando Durán Dussán.