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LEY 40 DE 1977
(DICIEMBRE 5)
Por la cual se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Rentas y
Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1977
(Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Salud), por $48.896.111.11
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Articulo 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la
vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de cuarenta y ocho millones ochocientos
noventa y seis mil ciento once pesos con once centavos ($48.896.111.11) moneda
legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 30 y 32 de
1977, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán en los
siguientes numerales:
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Ingresos corrientes
CAPITULO 11
c) Otros recursos
Numeral 98. Consignación del Fondo Nacional Hospitalario a la Tesorería General
de la República
Numeral 99. Recuperación de préstamos otorgados por el Gobierno Nacional
Suman los recursos
30.000.000.00
18.896.111.11
48.896.111.11
Articulo 2º.-Con base en los recursos de que trata el articulo anterior, abrense
los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia
fiscal de 1977:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Salud
CAPITULO 1
Dirección Superior
Transferencias
333 65 21. 2195 Programa de emergencia sanitaria 30.000.000.00
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPITULO 15
Dirección General de Crédito Público
Inversión indirecta
Recursos ordinarios
66 263 5689 Para dar en calidad de préstamo (Decreto 505/74) al Fondo Rotatorio
de la Armada Nacional
Suman los créditos adicionales
18.896.111.11
48.896.111.11
Articulo 3º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a ... de ... de mil novecientos setenta y siete (1977).
El Presidente del honorable Senado, EDMUNDO LOPEZ GOMEZ. El Presidente de la
honorable Cámara de Representantes, ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO. El Secretario
General del honorable Senado, Amaury Guerrero. El Secretario General de la
honorable Cámara de Representante, Ignacio Laguado Moncada.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., 5 de diciembre de 1977.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Palacio Rudas.