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LEY 40 DE 1977

 

LEY 40 DE 1977
(DICIEMBRE 5)

Por la cual se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1977 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Salud), por $48.896.111.11

El Congreso de Colombia

DECRETA:
 


Articulo 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de cuarenta y ocho millones ochocientos noventa y seis mil ciento once pesos con once centavos ($48.896.111.11) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 30 y 32 de 1977, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán en los siguientes numerales:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Ingresos corrientes

CAPITULO 11

c) Otros recursos

Numeral 98. Consignación del Fondo Nacional Hospitalario a la Tesorería General de la República
Numeral 99. Recuperación de préstamos otorgados por el Gobierno Nacional

Suman los recursos
30.000.000.00
18.896.111.11

48.896.111.11

Articulo 2º.-Con base en los recursos de que trata el articulo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1977:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Salud

CAPITULO 1


Dirección Superior

Transferencias

333 65 21. 2195 Programa de emergencia sanitaria 30.000.000.00

PRESUPUESTO DE INVERSION


Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 15


Dirección General de Crédito Público

Inversión indirecta

Recursos ordinarios

66 263 5689 Para dar en calidad de préstamo (Decreto 505/74) al Fondo Rotatorio de la Armada Nacional

Suman los créditos adicionales
18.896.111.11

48.896.111.11

Articulo 3º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a ... de ... de mil novecientos setenta y siete (1977).


El Presidente del honorable Senado, EDMUNDO LOPEZ GOMEZ. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO. El Secretario General del honorable Senado, Amaury Guerrero. El Secretario General de la honorable Cámara de Representante, Ignacio Laguado Moncada.

República de Colombia.-Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., 5 de diciembre de 1977.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Palacio Rudas.