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LEY 3 DE 1974
(Septiembre 30)
por la cual se aprueba un contrato sobre administración de la “Fundación Colegio
Mayor de San Bartolomé”.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1. De conformidad con el numeral 16 del artículo 76 de la Constitución
Nacional, apruébase el contrato celebrado entre el señor Presidente de la
República y su Ministro de Educación Nacional en representación del Gobierno
Nacional y la Fundación “Colegio Mayor de San Bartolomé” de fecha dos de abril
de mil novecientos setenta y tres (1973) y su otrosí del dos de agosto del mismo
año.
Artículo 2. Autorízase al Gobierno Nacional para prorrogar el mencionado
contrato hasta por un término de cinco años.
Artículo 3. Esta Ley rige desde la fecha de expedición.
Dada en Bogotá, D.E., el día primero de agosto de mil novecientos setenta y
cuatro.
El Presidente del honorable Senado, JULIO CESAR TURBAY AYALA.-El Presidente de
la honorable Cámara de Representantes, LUIS VILLAR BORDA.-El Secretario General
del honorable Senado, Amaury Guerrero.-El Secretario General de la honorable
Cámara de Representantes, Ignacio Laguado Moncada.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogota, D.E., 30 de septiembre de 1974.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Educación Nacional, Hernando Durán Dussán.