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LEY 15 DE 1974

 

LEY 15 DE 1974
(DICIEMBRE 10)


sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1975.

El Congreso de Colombia

DECRETA:



PRIMERA PARTE

PRESUPUESTO DE RENTA Y RECURSOS DE CAPITAL

Artículo 1. Fíjase los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1975, en la cantidad de treinta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro millones ochenta y ocho mil setecientos catorce pesos ($38.854.088.714) moneda legal, según los pormenores siguientes y descompuesto por numerales, así:

Nota: Por lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 34230 de diciembre 18 de 1974. Pag. 621.

Artículo 59. La presente Ley rige a partir del primero de enero de mil novecientos setenta y cinco (1975).

Dada en Bogotá, D.E., a

El presidente del honorable Senado de la República, JULIO CESAR TURBAY AYALA.-El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, LUIS VILLAR BORDA.-El Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero.-El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ignacio Laguado Moncada.

República de Colombia.-Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., 10 de diciembre de 1974.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.