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LEY 15 DE 1974
(DICIEMBRE 10)
sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la
vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1975.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE RENTA Y RECURSOS DE CAPITAL
Artículo 1. Fíjase los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de
diciembre de 1975, en la cantidad de treinta y tres mil ochocientos cincuenta y
cuatro millones ochenta y ocho mil setecientos catorce pesos ($38.854.088.714)
moneda legal, según los pormenores siguientes y descompuesto por numerales, así:
Nota: Por lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el
texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 34230 de
diciembre 18 de 1974. Pag. 621.
Artículo 59. La presente Ley rige a partir del primero de enero de mil
novecientos setenta y cinco (1975).
Dada en Bogotá, D.E., a
El presidente del honorable Senado de la República, JULIO CESAR TURBAY AYALA.-El
Presidente de la honorable Cámara de Representantes, LUIS VILLAR BORDA.-El
Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero.-El
Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ignacio Laguado
Moncada.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., 10 de diciembre de 1974.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya.