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LEY 3 DE 1971
(marzo 6 de 1971)
por la cual se ordena la ampliación del Aeropuerto de Santa Ana, de la ciudad de
Cartago (Valle).
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1. La Nación cooperará con la suma de cinco millones de pesos
($5.000.000.00) para la ampliación del Aeropuerto de Santa Ana, de la ciudad de
Cartago (Valle).
Artículo 2. La suma que se destina por el artículo anterior será pagada al
Tesoro del Municipio de Cartago, y éste contratará la ejecución de la obra a que
se refiere la presente Ley.
Artículo 3. La partida mencionada en el artículo primero de esta Ley se incluirá
en los Presupuestos de las próximas vigencias, y en caso de que no lo fuera, el
Gobierno Nacional queda ampliamente autorizado para abrir los créditos y hacer
los traslados que fueren del caso, a efecto de darle cumplimiento a esta Ley.
Artículo 4. En lo pertinente a la presente Ley, las formalidades exigidas por la
Ley 11 de 1967, y de acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán cumplidas por
las entidades a quienes corresponda cumplirlas, en el momento de hacerse la
inclusión en el Presupuesto Nacional de la partida destinada para construir la
obra que ordena la presente Ley.
Artículo 5. Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a 5 de noviembre de 1970.
El Presidente del Senado,
EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.
El Presidente de la Cámara,
GILBERTO SALAZAR RAMIREZ.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la Cámara,
Eusebio Cabrales Pineda.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D.C., 6 de marzo de 1972
Publíquese y ejecútese.
El Presidente del Congreso,
EDUARDO ABUCHAIBE
OCHOA
El Secretario del Congreso,
Amaury Guerrero.