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LEY 100 DE 1968
(DICIEMBRE 31 DE 1968)
Por la cual la Nación se asocia a la
celebración del centenario del Municipio de Iles, en el Departamento de Nariño,
y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1. La Nación se asocia a la celebración del primer centenario del Municipio de Iles, en el Departamento de Nariño, que se cumplirá en el mes de noviembre de 1971.
Artículo 2. Destinase la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.00), para las obras que se determinarán en los siguientes artículos, con las cuales se iniciará la celebración de la histórica fecha:
Para
la construcción del Palacion Municipal................ |
$ 500.000 |
Para
construcción y dotación de una Escuela de Artes |
1.000.000 |
Para
construcción de acueductos rurales en los Corregi |
500.000 |
Artículo 3.
En
los Presupuesto de las vigencias siguientes de 1968, 1969 y 1970, el Gobierno
Nacional apropiará las partidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley,
así: en la primera vigencia el 50% de cada una de las obras estipuladas, y en
las siguientes el 50% restante.
Artículo 4.
El
Gobierno Nacional queda facultado para hacer los traslados presupuestales,
créditos y contracréditos que fueren, necesarios para el cumplimiento de las
obras ordenadas en la presente Ley.
Artículo 5.
Las
formalidades exigidas por la
Ley 11 de 1967, y de
acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán cumplidas por las entidades
beneficiadas con la presente Ley, en el momento de hacerse el pago de las
apropiaciones a que ella se refiere.
Artículo 6.
Esta
Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.C., a 12 de diciembre de 1968.
El Presidente del Senado,
GERMAN BULA HOYOS.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
RAMIRO ANDRADE.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
EL Secretario de la Cámara de Representantes,
Juan José Neira Forero.
República de Colombia.-Gobierno
Nacional.
Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de
1968.
Publíquese y Ejecútese.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
Carlos Augusto Noriega.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
El Ministro de Salud Pública,
Antonio Ordóñez Plaja.
El Ministro de Educación Nacional,
Octavio Arizmendi Posada.