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LEY 156 DE 1961
P
or la cual se reforma la ley 210 de 1959.
Modificado. Decreto 1249 de 1974, Artículo 1.
Artículo 2. El articulo 6. de la ley 210 de 1959 quedar as:
A partir del primero (1.) de enero de mil novecientos sesenta y uno (1961) la Planta Colombiana de Soda dar una participaci
ón del medio por ciento (1/2%) del producto bruto de sus ventas al municipio de Cajicá, que se destinar exclusivamente a la construccin de escuelas, hospital, acueducto, alcantarillado, y a la apertura, ensanche y pavimentación de vas públicas.
Artículo 3. Modificado. Decreto 1249 de 1974,
Artículo 2.
. Queda derogado el Artículo 1. de la ley 30 de 1940, y modificado el Artículo 6. de la ley 210 de 1959.
5. Esta ley regir desde el primero (1o.) de enero de mil novecientos sesenta y uno (1961).
Dada en Bogota 15 de diciembre de 1961.