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LEY 26 DE 1883
(Diciembre 10 de 1883)
Que fija los límites que ha tenido el Distrito de Bogotá
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL ESTADO SOBERANO DE CUNDINAMARCA,
CONSIDERANDO:
Que hay conveniencia en fijar en una sola disposición los límites que ha tenido
el Distrito de Bogotá, capital del Estado, y teniendo presente los datos
antiguos y las ordenanzas provinciales de Bogotá, número 152, 181, 197 ley de 14
de noviembre de 58, el artículo 7 del Código Político y Municipal y las leyes de
64 y 65 sobre limites,
DECRETA:
Artículo. Los límites del Distrito de Bogotá continuarán
siendo:
Por el norte, con Usaquén, desde el nacimiento de a quebrada de la Cabrera, que
divide las haciendas de El Chicó y Rosales, hasta el camellón del norte; desde
éste punto, las misma quebrada aguas abajo, con el distrito de Suba, hasta la
unión de esta quebrada en el Rionegro; aguas abajo hasta la confluencia con el
río Arzobispo, en el potrero llamado de Las Velas, en la hacienda de el Salitre
(1).
Por el occidente, con el distrito de Engativá, desde el punto indicado por los
límites de las haciendas de El Salitre y Ejidos de Puentelargo hasta el camino
de Bogotá a Engativá; con Fontibón del cambio de Engativá mirando al sur, por el
límite de las haciendas de El Salitre y Camavieja, atravesando el río San
Francisco, siguiendo la dirección sur. Por el límite occidental de la hacienda
de Franco con el potrero de Las Flores hasta encontrar el camellón de occidente
en el punto en que se encuentra el río Fucha.
De este punto para el sur, con el distrito de Bosa, rió Fucha aguas arriba hasta
el punto llamado la Puerta de Joaquín y continuando aguas arriba pasando los
pantanos de Muzú y la línea divisoria entre las haciendas de La laguna y Muzú
hasta encontrar el camino de Bogotá, a Usme; por el sur, con Usme, pasando este
camino por el límite de las haciendas de Llano de Mesa y San Vicente, con la
hacienda de los Molinos de Chiguasa.
Por el oriente, la misma línea de los Molinos de Chiguasa hasta el alto llamado
de Cruzverde, en cuyo punto delinda con Ubaque. Desde este sitio llevando la
cima de a cordillera hacia el norte, pasando por El Rajadero, Sarnoso y alto de
Tenavistá , deslindando con Choachí y con el distrito de La Calera, continuando
las cúspides de la cordillera y llegando a la piedra Ballena, línea recta al Pan
de Azúcar y volviendo luego al occidente hasta encontrar el origen de la
quebrada de La Cabrera, punto de partida al norte.
Dada en Bogotá, a cinco (05) de diciembre de mil ochocientos ochenta y tres
(1883)
Bogotá, Diciembre 10 de 1883.
Publíquese y ejecútese.
El Presidente,
Francisco A. Fernandez
El Secretario
Carlos Cotes
L. S. El Gobernador del Estado
D. Aldana
El Secretario de gobierno
Próspero Pereira Gamba