RESOLUCIÓN 0194 DE 2014
(
enero 13 de 2014)


p
or la cual se corrige la Resolución número 0089 del 8 de enero de 2014, por medio de la cual se ajustan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral.

 


El Superintendente de Notariado y Registro,

 

en uso de las facultades conferidas en los artículos 74 de la Ley 1579 de 2012 y 45 de la Ley 1437 de 2011, y

 


CONSIDERANDO:

 


Que conforme al artículo 74 de la Ley 1579 de 2012, establece que la Superintendencia de Notariado y Registro ajustará anualmente las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral, las cuales no podrán exceder el Índice de Precios al Consumidor, previo estudio que contendrá los costos y criterio de conveniencia que demanda el servicio.


Que el Superintendente de Notariado y Registro, mediante Resolución número 0089 de fecha 08 de enero de 2014, ajustó las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral, presentándose en su interior unos errores de carácter mecanográfico.


Que según lo prescrito en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”.


Que en uso de las facultades otorgadas a la Administración, se procede a corregir los errores presentados en la Resolución número 0089 de fecha 08 de enero de 2014.


Por lo expuesto, este Despacho

 


RESUELVE:

 


Artículo 1°. Corríjase el párrafo 4° de la parte motiva de la Resolución número 0089 de fecha 8 de enero de 2014, en el siguiente sentido: La Dirección Financiera de esta Superintendencia mediante comunicación vía correo electrónico de fecha 8 de enero de 2014, expidió la respectiva tabla de cálculo de ajuste de las tarifas para el cobro de los derechos registrales.


Artículo 2°. Corríjase el párrafo 5° de la parte motiva de la Resolución número 0089 de fecha 08 de enero de 2014, en el siguiente sentido: Con Oficio número IE.00063 de 8 de enero de 2014, la Jefe de la Oficina Informática de esta Superintendencia junto con el Coordinador del Grupo de Asistencia Técnica de la Entidad, en relación con el ajuste de las tarifas registrales, considera que requiere de 5 días hábiles para actualizar los aplicativos de folio magnético y Sistema de Información Registral (SIR), término que será contado a partir de la expedición de la presente resolución.


Artículo 3°. Corríjase el artículo 25 de la Resolución número 0089 de fecha 8 de enero de 2014, en el siguiente sentido: Artículo 25. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y la implementación en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos se efectuará dentro de los términos expresados en la parte motiva de esta resolución. Se publicará en el Diario Oficial y en la página Web de la Entidad y modifica la Resolución 0126 de 2013.


Artículo 4°. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y se publicará en el Diario Oficial y en la página Web de la entidad.

 


Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., 13 de enero de 2014.


El Superintendente de Notariado y Registro,
Jorge Enrique Vélez García