RESOLUCIÓN 7774 DE 2013
(julio 30 DE 2013)
por la cual se asignan códigos a las
Notarías Únicas de Tercera de los municipios de Puerto Gaitán en el departamento
del Meta y Puerto Rico en el departamento del Caquetá.
El Superintendente de Notariado y Registro,
en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 2 del artículo 12 y en los numerales 3 y 28 del artículo 13 del Decreto número 2163 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que con la expedición de la Resolución número 1626 de 20 de mayo de 2002 de la
Superintendencia de Notariado y Registro, se inició la asignación de códigos a
las notarías del país, como número de identificación para cada una, con la
finalidad de estandarizar la información.
Que de acuerdo con las funciones generales y lo dispuesto en el artículo 3° del
Decreto número 2163 de 1970 los objetivos de la Superintendencia de Notariado y
Registro en concordancia con el artículo 3° del Decreto número 2163 de 2011, de
orientación, inspección, vigilancia y control del servicio público que prestan
los notarios, es preciso asignar códigos a las notarías creadas por el Gobierno
Nacional.
Que mediante los Decretos números 1532 y 1533 de 2013, se crearon las Notarías
Únicas de Primera Categoría en el Municipio de Puerto Gaitán departamento del
Meta y de tercera categoría en el Municipio de Puerto Rico en el departamento
del Caquetá.
Que para facilitar el cumplimiento y manejo de lo dispuesto en los artículos 121
literal a), 122 y 123 del Decreto Reglamentario número 2148 de 1983, sobre
responsabilidades de los notarios por obligaciones para con esta
Superintendencia; 1 a 5 del Decreto Reglamentario número 397 de 1984,
regulatorios de los informes de ingresos y egresos y, la Instrucción
Administrativa 14 de 2009 de la misma Entidad, relativa a “informe estadístico
notarial”; es necesario asignar códigos a las notarías, como mecanismo que
contribuirá a la recolección y alimentación de la base de datos, para el manejo
administrativo, informático, financiero y contable de la Superintendencia de
Notariado y Registro.
Que en la asignación de códigos de la cual trata la presente resolución, la
Superintendencia de Notariado y Registro, adoptará la metodología definida por
el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), para identificar
cada municipio; adicionalmente y para los fines que interesan a esta Entidad, se
agregará el número que en orden consecutivo corresponda a designación de la
Notaría, de manera que el número uno (1) distinguirá a la Notaría Única o
Primera del respectivo Círculo Municipal y así sucesivamente.
Que la configuración y descripción del campo respectivo, constará de diez (10)
dígitos, que en su orden corresponden a: los dos (2) primeros identificarán el
departamento, los tres (3) siguientes el código del municipio, los tres (3)
restantes el tipo de división Político Administrativa, el que siempre
corresponderá a la Cabecera Municipal y, los dos (2) últimos dígitos al número
asignado a cada Notaría atendiendo el número de estas en el respectivo Círculo.
Que se hace necesario asignar el código a las Notarías Únicas de Primera
Categoría en el Municipio de Puerto Gaitán departamento del Meta y de tercera
categoría en el Municipio de Puerto Rico en el departamento del Caquetá.
RESUELVE:
Artículo 1°. Asignar a las Notarías que se relacionan a
continuación los siguientes códigos:
CÓDIGO |
UBICACIÓN |
COMPRENSIÓN CÍRCULO NOTARIAL |
PRIMERA |
5056800001 |
Notaría única de Puerto Gaitán, departamento del Meta. |
Municipio: Puerto Gaitán |
Primera 1ª |
1859200001 |
Notaría Única de Puerto Rico, departamento del Caquetá. |
Municipio: Puerto Rico |
Tercera 3ª |
Artículo 2°. Los códigos asignados en el artículo
precedente constituirán la base de identificación de las Notarías allí
relacionadas para todos los efectos administrativos, informáticos, financieros y
contables, ante la Superintendencia de Notariado y Registro, razón por la cual
su utilización será de carácter obligatorio.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la
fecha de su expedición.
Artículo 4°. Esta resolución deberá publicarse en el
Diario Oficial y en la página Web institucional. Copia de ella se enviará, a las
Notarías Únicas de Puerto Gaitán, Meta y Puerto Rico, Caquetá, por conducto del
Grupo de Divulgación de la Entidad.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2013.
El Superintendente de Notariado y Registro,
Jorge Enrique Vélez García.