RESOLUCIÓN 1168 DE 2013
 

(febrero 8 de 2013)


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or la cual se modifica la Resolución número 9146 de octubre 1° de 2012, se derogan la Resolución número 11978 de diciembre 11 de 2012, la Instrucción Administrativa número 17 de 2012 y la Circular número 028 de 2013.


El Superintendente de Notariado y Registro,

 

en ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 12 numeral 2 y 13 numeral 28 del Decreto número 2163 de 2011, y

 

 

CONSIDERANDO:


Que el artículo 20 del Decreto-ley 960 de 1970, estipula que las escrituras públicas se extenderán en papel autorizado por el Estado, y al final de cada instrumento, antes de la firma, se indicarán los números distintivos, de las hojas empleadas;


Que la Superintendencia de Notariado y Registro expidió la Resolución número 9146 de octubre 1° de 2012, “por la cual se expide la reglamentación del papel de seguridad para las actuaciones notariales, la extensión de las escrituras públicas y la expedición de sus copias, y se dictan otras disposiciones”;


Que el artículo 1° de la Resolución número 9146 de 2012, autorizó el cambio de “tamaño oficio” a “tamaño carta” del papel de seguridad en las actuaciones notariales y la extensión de escrituras públicas;


Que la Resolución número 9146 de 2012, modificó el literal a) del artículo 3°; artículo 4° y el artículo 5° de la Resolución número 11439 de 2011, respecto del valor de las certificaciones, copias auténticas, copias simples y testimonio notarial;


Que mediante Resolución número 11978 de diciembre 11 de 2012, se modificó la Resolución número 9146 de 2012;


Que el Gobierno Nacional, expedirá la reglamentación del uso del papel de seguridad para las actuaciones y diligencias notariales;


Por lo expuesto, este Despacho

 


RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificar el artículo 1° de la Resolución número 9146 de 2012 el cual quedará así:

Artículo 1°. Autorizar el cambio de “tamaño oficio” a “tamaño carta” del papel de seguridad en la extensión de las escrituras públicas”.

 

Artículo 2°. Modificar el artículo 5° de la Resolución número 9146 de 2012 el cual quedará así:

Artículo 5°. La Unión Colegiada del Notariado Colombiano suministrará el formato para la extensión de las escrituras públicas de conformidad con el artículo 1° y 2° de la presente resolución”.


Artículo 3°. Derogar el artículo 3°, 4°, parágrafo transitorio del artículo 6°, artículo 7°, artículo 8°, artículo 9°, artículo 10, artículo 11 de la Resolución número 9146 de 2012 y Resolución número 11978 de diciembre 11 de 2012.

 


Artículo 4°. Para efecto del cobro de los derechos por concepto del ejercido de la función notarial, téngase en cuenta la Resolución número 11439 de 2011, Resolución número 937 de 2012 y el artículo 6° de la Resolución número 9146 de 2012.

 


Artículo 5°. Derogar la Instrucción Administrativa número 17 de 2012 y la Circular número 028 de 2013.

 


Artículo 6°. Publíquese la presente resolución en la página www.supernotariado.gov.co y en el Diario Oficial.
 

 

Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de febrero de 2013


El Superintendente de Notariado y Registro
Jorge Enrique Vélez García
(C. F.)