RESOLUCIÓN 11108 DE 2013
(octubre 16 de 2013)


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or medio de la cual se modifica parcialmente el artículo 1° de la Resolución número 7775 de 2013 donde se asignan los códigos a unas Notarías Únicas de Tercera categoría.

 


El Superintendente de Notariado y Registro,

 

 en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 2 del artículo 12 y en los numerales 3 y 28 del artículo 13 del Decreto número 2163 de 2011, y


CONSIDERANDO:


Que mediante el Decreto número 1458 de 2013, se crearon las Notarías Únicas de Tercera Categoría en algunos municipios de Colombia pertenecientes a Zonas de Consolidación de Briceño, Nechí en Antioquia; Valencia, San José de Uré en Córdoba; La Macarena, Uribe, Puerto Rico, San Juan de Arama en el Meta; Cartagena del Chairá en el Caquetá; San Miguel en el Putumayo; San Calixto, Hacarí, El Tarra en Norte de Santander; Cravo Norte, Fortúl, Puerto Rondón en Arauca y Toribío en Cauca;


Que con la expedición de la Resolución número 7775 de 2013 de la Superintendencia de Notariado y Registro, se asignan los códigos a las notarías pertenecientes a Zonas de Consolidación, con la finalidad de estandarizar la información;


Que mediante Resolución número 7775 de 30 de julio de 2013 se dispuso asignar códigos a las Notarías Únicas de Tercera categoría de los municipios de Colombia pertenecientes a Zonas de Consolidación de Briceño, Nechí en Antioquia; Valencia, San José de Uré en Córdoba; La Macarena, Uribe, Puerto Rico, San Juan de Arama en el Meta; Cartagena del Chairá en el Caquetá; San Miguel en el Putumayo; San Calixto, Hacarí, El Tarra en Norte de Santander; Cravo Norte, Fortúl, Puerto Rondón en Arauca y Toribío en Cauca;


Que se hace necesario corregir los códigos asignados a las Notarías de Briceño, Nechí en Antioquia y Puerto Rico en el Meta, debido a que por error de digitación, estos quedaron mal numerados;

 

En mérito de lo expuesto,

 


RESUELVE:


Artículo 1°. Modificar parcialmente el artículo 1° de la Resolución número 7775 de 30 de julio de 2013 en cuanto a los códigos asignados a las Notarías de Briceño y Nechí en Antioquia y la de Puerto Rico en el Meta, los cuales quedarán así:

 

CÓDIGO UBICACIÓN 

COMPRENSIÓN

CÍRCULO NOTARIAL

CATEGORÍA

0510700001

Notaría Única de Briceño, departamento de Antioquia

Municipio: Briceño

Tercera (3ª)

0549500001

Notaría Única de Nechí, departamento de Antioquia

Municipio: Nechí

Tercera (3ª)

5057700001

Notaría Única de Puerto Rico, departamento del Meta

Municipio: Puerto Rico

Tercera (3ª)

 

Fuente: Oficina Asesora de Planeación 2013.


Artículo 2°. Los códigos asignados en el artículo precedente constituirán la base de identificación de las Notarías allí relacionadas para todos los efectos administrativos, informáticos, financieros y contables, ante la Superintendencia de Notariado y Registro, razón por la cual su utilización será de carácter obligatorio.


Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


Artículo 4°. Esta resolución deberá publicarse en el Diario Oficial y en la página web institucional. Copia de ella se enviará, a las Notarías Únicas de Briceño y Nechí en Antioquia y Puerto Rico, en el Meta.

 


Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de octubre de 2013.


El Superintendente de Notariado y Registro,
Jorge Enrique Vélez García.